Mi jefe me acosa

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 Los casos de acoso laboral que se viven en las compañías, tienen las siguientes características:

- Se expresan con comentarios hostiles y humillantes que descalifican profesionalmente a la empleada en presencia de los compañeros de trabajo.

- Hay expresiones injuriosas o ultrajantes sobre la empleada.

- La persona que tiene el poder usa palabras despectivas sobre el color de piel, la raza, la condición sexual, el origen familiar, y también puede hacer referencia a la preferencia política.

- Presiona por medio de amenazas de despido expresadas delante de los compañeros de trabajo.

Muchas mujeres víctimas de acoso laboral también padecen acoso sexual. En estos casos sugerimos que no es necesario trabajar en un ambiente así. El paso a seguir es accionar a través de la emisión de telegramas hacia la empresa, detallando lo sucedido. Por lo general, y como es costumbre en grandes firmas, se llega a un arreglo por la salida del trabajo. Siempre la última palabra, con respecto a la renuncia, la tiene la mujer que sufre el acoso.

Aconsejamos que se corte el vínculo laboral, debido a que la relación y el clima se tornarían de difíciles a hostiles, quedando más expuesta por lo acontecido.

Por otra parte, es preciso aclarar que la ley protege a la mujer reservando su identidad desde el inicio, durante y con posterioridad al proceso sancionatorio. Por ello, la autoridad que interviene en el caso debe tomar los recaudos para que esto sea efectivo.

Cuando ellos son los acosados:

Ahora bien, ¿qué sucede cuando ellos son los acosados? Aunque es menos escuchado, también hay empleadas “acosadoras”, que llaman a sus jefes los días de franco, que se acuerdan de los cumpleaños de sus hijos, que no pasan un día sin enaltecer su trabajo, o sin enviarles mensajes al finalizar el horario laboral. Algunas llegan a acusarlos de acoso sexual y hasta abuso, con puras mentiras, y hasta destruyen familias.

Ante estos casos, la mejor política es negociar, y, cuanto antes, sacarse el conflicto de encima. Generalmente, el riesgo judicial posterior es mayor al que hay en una etapa de mediación o SECLO (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria).

Solo se dilata el juicio en aquellos casos puntuales, en los que la empresa tenga cómo comprobar que las injurias y los pedidos de montos a indemnizar están fuera de lugar, o cuando la ex empleada reclama que tal día fue agredida, y contamos con grabaciones de las cámaras o testigos presenciales para probar que no fue así. Esas cuestiones cortan una negociación en instancias previas al juicio, mediación o SECLO.